Ya está la abuelita
hablándole a los peces de colores
en el idioma de su pueblo.
– Niño japonés de 11 años
(Trad. Vicente Haya)
(Gracias a Elías Rovira)
«12. Defender el derecho de todos, sin discriminación, a un entorno natural y social que apoye la dignidad humana, la salud física y el bienestar espiritual, con especial atención a los derechos de los pueblos indígenas y las minorías.
a. Eliminar la discriminación en todas sus formas, tales como aquellas basadas en la raza, el color, el género, la orientación sexual, la religión, el idioma y el origen nacional, étnico o social.
b. Afirmar el derecho de los pueblos indígenas a su espiritualidad, conocimientos, tierras y recursos y a sus prácticas vinculadas a un modo de vida sostenible.
c. Honrar y apoyar a los jóvenes de nuestras comunidades, habilitándolos para que ejerzan su papel esencial en la creación de sociedades sostenibles.
d. Proteger y restaurar lugares de importancia que tengan un significado cultural y espiritual».
(de la Carta de la Tierra)